La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es, para la empresa, una obligación de calendario fijo y cálculo aparentemente mecánico. Dos veces al año se deposita un monto en la cuenta que el trabajador eligió, y el tema parece cerrado. En la práctica, la CTS concentra errores silenciosos que solo aparecen en una inspección, en una auditoría o en un reclamo al cese: conceptos variables que no se incluyeron, gratificaciones que no se prorratearon, días que no se computaron.
Este artículo explica cómo se calcula y deposita la CTS, qué cambió con la Ley 32322 y cuáles son los errores que más se repiten. Forma parte de nuestra guía de beneficios sociales en Perú.
Qué es la CTS y a quién corresponde
El TUO de la Ley de CTS, aprobado por el D.S. 001-97-TR, define la CTS como un beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo. Su lógica es la de un fondo que el trabajador va acumulando mientras trabaja y que lo protege cuando el vínculo termina.
Corresponde a los trabajadores del régimen laboral privado que cumplen una jornada mínima promedio de cuatro horas diarias (art. 4). En el régimen MYPE, la microempresa no otorga CTS, y la pequeña empresa la otorga en una cuantía reducida de 15 remuneraciones diarias por año, con tope de 90.
Plazos de depósito
| Periodo de cómputo | Remuneración de referencia | Plazo de depósito | Gratificación que se prorratea |
|---|---|---|---|
| Noviembre a abril | La de abril | 15 primeros días naturales de mayo | Diciembre (1/6) |
| Mayo a octubre | La de octubre | 15 primeros días naturales de noviembre | Julio (1/6) |
Si el último día del plazo es inhábil, el depósito puede hacerse el primer día hábil siguiente (art. 22). Después del depósito, el empleador debe entregar al trabajador la liquidación del depósito dentro de los cinco días hábiles siguientes (art. 29). La entidad depositaria la elige el trabajador (art. 23).
Clave
Las fechas de la CTS no se negocian ni se trasladan por conveniencia de caja. Deben estar en el calendario anual de cumplimiento laboral con la misma prioridad que las obligaciones tributarias.
Cómo se calcula el depósito
La regla de cálculo
Según el art. 21 del TUO, cada depósito equivale a tantos dozavos de la remuneración computable de abril u octubre como meses completos se hayan laborado en el semestre. Los días se computan por treintavos del dozavo.
La remuneración computable
La base del cálculo es la remuneración computable (arts. 9 y 18):
- La remuneración básica.
- Todas las cantidades que el trabajador perciba regularmente, en dinero o en especie, como contraprestación, siempre que sean de su libre disposición.
- La alimentación principal, cuando se otorga.
- Un sexto (1/6) de la gratificación de julio o diciembre percibida en el semestre respectivo.
Los conceptos que se perciben de manera variable o imprecisa se incorporan si se perciben al menos tres meses en cada periodo de seis, mediante un promedio (arts. 16 y 17). Quedan excluidos los conceptos del art. 19, entre ellos las gratificaciones extraordinarias ocasionales, la participación en las utilidades, las condiciones de trabajo y la movilidad supeditada a la asistencia que cubre solo el traslado.
La frontera entre lo que entra y lo que no entra en la base es la fuente principal de errores. La analizamos en detalle en remuneración computable: qué conceptos se incluyen.
Caso hipotético
Caso hipotético 1 (semestre completo): una trabajadora administrativa percibe un sueldo hipotético de S/ 4,200 y asignación familiar de S/ 113. En julio de 2026 recibió una gratificación de S/ 4,313. Para el depósito de noviembre de 2026 (periodo mayo–octubre), la remuneración computable es S/ 4,313 + S/ 718.83 (1/6 de la gratificación) = S/ 5,031.83. Como trabajó los seis meses completos, el depósito es 6/12 de esa base: S/ 2,515.92.
Caso hipotético 2 (ingreso a mitad de periodo): un asistente ingresa el 10 de junio de 2026 con un sueldo hipotético de S/ 3,000 y sin otros conceptos. No completó ningún mes calendario en el primer semestre, por lo que no percibió gratificación en julio. Su base es S/ 3,000 y el dozavo, S/ 250. Por julio a octubre (cuatro meses completos) corresponden S/ 1,000; por los 21 días de junio, 21/30 del dozavo, es decir, S/ 175. El depósito de noviembre asciende a S/ 1,175.
Intangibilidad y la Ley 32322
La regla general del TUO es que los depósitos de CTS y sus intereses son intangibles e inembargables, salvo por alimentos y hasta el 50%. El trabajador puede disponer libremente del exceso de cuatro remuneraciones brutas mensuales (arts. 37 y 40, modificados por la Ley 30334).
La Ley 32322, publicada el 9 de mayo de 2025, introdujo dos cambios:
- Autorizó, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, la libre disposición del 100% de los depósitos de CTS.
- Modificó el art. 42 del D.Leg. 650 para permitir el retiro del 100% en cualquier momento a trabajadores con enfermedad terminal o cáncer, acreditados ante el empleador.
Desde el 1 de enero de 2027, vuelve a regir la intangibilidad general, salvo el supuesto permanente de enfermedad terminal o cáncer.
Atención
Circulan versiones sobre un supuesto derecho permanente de retiros parciales de la CTS hasta un porcentaje determinado. No hemos podido verificarlo en el texto normativo; no conviene comunicarlo a los trabajadores como vigente. Además, la liberación temporal de fondos no suspende la obligación de depositar en mayo y noviembre.
Para RR. HH., la consecuencia práctica es de comunicación: los trabajadores preguntarán por la liberación de fondos, y la empresa debe distinguir con claridad entre lo que decide el trabajador frente a su entidad financiera y lo que sigue siendo obligación del empleador. También conviene preparar el procedimiento para acreditar los casos de enfermedad terminal o cáncer, con el debido cuidado de los datos de salud.
Errores frecuentes
Calcular sobre el sueldo básico. Omitir la asignación familiar, las comisiones regulares, los bonos regulares o la alimentación principal reduce el depósito y genera diferencias acumulables en el tiempo.
Olvidar el sexto de la gratificación. Es el error más típico en empresas que calculan la CTS fuera del sistema de planilla. La gratificación que se prorratea es la percibida en el semestre: julio para el depósito de noviembre y diciembre para el de mayo. Los detalles de la gratificación se explican en gratificaciones de julio y diciembre.
Aplicar mal la regla de regularidad. Un bono que se pagó en tres de los seis meses del periodo debe promediarse; uno pagado una sola vez de manera ocasional, no.
No computar los días. Los treintavos existen para que los días fuera de meses completos se paguen.
Depositar tarde por flujo de caja. El plazo legal es fijo.
No entregar la liquidación del depósito dentro de los cinco días hábiles, o entregarla sin detalle de la base.
Retener el trámite al cese. Al terminar el vínculo, el empleador debe entregar en 48 horas la constancia de cese para que el trabajador retire su CTS. El resto de conceptos del cese se explica en liquidación de beneficios sociales.
Consecuencias del incumplimiento
No depositar la CTS está calificado como infracción grave en el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo. Con la tabla vigente y la UIT de 2026 (S/ 5,500), una infracción grave que afecta de 1 a 10 trabajadores en una empresa no MYPE equivale a 1.57 UIT, es decir, S/ 8,635; el monto aumenta según el número de trabajadores afectados y el tamaño de la empresa. Además, la empresa deberá regularizar el depósito omitido.
El efecto más costoso, sin embargo, suele ser acumulativo: un error de base replicado durante varios años y en toda la planilla se convierte en una contingencia relevante que aparece en una auditoría o en una revisión de due diligence.
Checklist antes de cada depósito
- Confirmar la entidad y la cuenta elegidas por cada trabajador.
- Verificar que la base incluya los conceptos regulares y el promedio de variables.
- Incorporar el sexto de la gratificación del semestre.
- Revisar ingresos, ceses, licencias y días computables del periodo.
- Depositar dentro de los 15 primeros días naturales de mayo o noviembre.
- Entregar la liquidación del depósito dentro de los cinco días hábiles.
- Archivar las constancias de depósito y de entrega.
Recomendaciones preventivas
Como criterio preventivo, recomendamos revisar la base de cálculo al menos una vez al año, sobre todo cuando la empresa crea nuevos bonos o cambia su estructura de compensación variable. Cuando la ejecución mensual de la planilla está a cargo de un proveedor como Lynch Payroll, conviene que la definición de qué conceptos son computables se valide jurídicamente antes de parametrizarse en el sistema: el cálculo será tan correcto como la regla que lo alimenta.
Si la empresa tiene dudas sobre sus depósitos anteriores, una revisión de beneficios sociales permite identificar diferencias, cuantificarlas y regularizarlas antes de que lo haga un tercero.
Conclusión
La CTS no es compleja, pero es exigente: requiere una base bien definida, un calendario respetado y documentación completa. La Ley 32322 cambió lo que el trabajador puede hacer con su fondo hasta fines de 2026, no lo que la empresa debe depositar. Las empresas que revisan su base de cálculo de manera periódica evitan que un error pequeño se convierta en una contingencia de varios años.