Respuesta

Fiscalizaciones SUNAFIL

Acompañamiento desde la primera visita o requerimiento hasta el procedimiento sancionador, con una estrategia que combina subsanación oportuna y defensa técnica cuando corresponde.

Para quién
  • Empresas que recibieron una visita inspectiva, una orden de comparecencia o un requerimiento de información
  • Gerencias y RR. HH. que deben coordinar la respuesta con plazos cortos
  • Empresas con actas de infracción o imputaciones de cargos en curso
  • Filiales de grupos extranjeros que deben reportar la fiscalización a su casa matriz
Cuándo conviene
  • Un inspector se presentó sin previo aviso en el centro de trabajo
  • Llegó a la casilla electrónica una citación de comparecencia o un requerimiento de documentos
  • SUNAFIL emitió una medida de requerimiento con plazo para subsanar
  • Se notificó un acta de infracción o una imputación de cargos
  • Un trabajador o un sindicato presentó una denuncia ante la autoridad
  • Ocurrió un accidente de trabajo que motivará actuaciones inspectivas

Una fiscalización de SUNAFIL rara vez llega en buen momento. Puede comenzar con un inspector en recepción, con una citación en la casilla electrónica o con un requerimiento de documentos con plazo breve. Lo que la empresa haga en los primeros días suele pesar más que cualquier argumento posterior: la documentación que entrega, lo que declara su representante y la oportunidad con que subsana determinan buena parte del resultado.

El problema empresarial

La Ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, otorga al inspector facultades amplias: ingresar sin previo aviso, requerir documentos, entrevistar a trabajadores y citar a comparecencia. Los hechos que constata en el acta de infracción se presumen ciertos salvo prueba en contrario. Negarse, obstaculizar o no asistir a una diligencia es, en sí mismo, una infracción a la labor inspectiva.

El reto para la empresa es doble. Debe responder rápido, con documentos que muchas veces están dispersos entre RR. HH., planilla y operaciones. Y debe decidir con criterio: qué subsanar de inmediato, qué explicar y qué discutir. Una respuesta improvisada puede convertir una observación subsanable en una multa firme, o entregar información que amplía la investigación sin necesidad.

Cómo la abordamos

Empezamos por leer bien la orden: quién la originó, qué materias comprende y qué plazos ya corren. Esa lectura define el alcance del trabajo. Luego ordenamos la documentación y preparamos a quien representará a la empresa, siguiendo el enfoque que explicamos en qué hacer ante una fiscalización de SUNAFIL, que incluye la preparación de las comparecencias.

La decisión central es cuándo subsanar y cuándo defender. La norma premia la subsanación temprana: la corrección antes del acta de infracción permite una reducción del 90% de la propuesta de multa sobre lo efectivamente subsanado, y existen reducciones posteriores con reglas propias, que explicamos en subsanación de infracciones laborales. Pero subsanar implica aceptar el hecho y renunciar a discutirlo. Por eso evaluamos, infracción por infracción, si existen argumentos sólidos o si corregir es la mejor decisión económica.

Si el caso llega al procedimiento sancionador, preparamos los descargos, la apelación y, cuando se cumplen los supuestos, el recurso de revisión ante el Tribunal de Fiscalización Laboral. La estructura completa del proceso está en nuestra guía sobre SUNAFIL.

Qué incluye y qué no

Incluye la evaluación de la orden, la preparación y el acompañamiento en visitas y comparecencias, la organización documental, el plan de subsanación, los escritos del procedimiento sancionador y los reportes a la gerencia.

No incluye, salvo encargo separado, los procesos judiciales contencioso-administrativos contra la resolución final. No ocultamos ni alteramos información: la defensa se construye sobre documentos reales y argumentos jurídicos. Tampoco garantizamos el archivo del procedimiento ni un monto de multa determinado; sí damos a la gerencia escenarios de exposición realistas para que decida.

Coordinación con planilla, finanzas y gerencia

Buena parte de la documentación que pide SUNAFIL sale de la planilla: boletas, registros de asistencia, constancias de depósito de CTS, pagos de gratificaciones. La coordinación con quien procesa la nómina es inmediata, para reunir la información correcta y, si corresponde, recalcular y pagar lo adeudado como parte de la subsanación.

Finanzas participa en la decisión de subsanar, porque implica pagos y, a veces, cambios permanentes en costos laborales. La gerencia recibe reportes breves en cada hito: qué ocurrió, qué se decidió y qué exposición queda.

En síntesis

Una fiscalización bien gestionada no depende de la suerte ni de la negociación con el inspector. Depende de leer bien la orden, responder a tiempo, subsanar con inteligencia y defender con fundamento lo que merece defenderse.

Cómo lo abordamos

  1. Leer la orden y los plazos

    Se identifica el origen de la actuación, las materias investigadas, el tipo de diligencia y los plazos que ya corren, con prioridad en la casilla electrónica.

  2. Preparar la diligencia

    Se ordena la documentación solicitada, se prepara a quien representará a la empresa y se acompaña la visita o comparecencia.

  3. Decidir entre subsanar o defender

    Se evalúa qué infracciones son subsanables y conviene corregir antes del acta, y cuáles justifican una defensa técnica.

  4. Defender en el procedimiento sancionador

    Si se emite acta, se preparan descargos, apelación y, cuando corresponda, el recurso ante el Tribunal de Fiscalización Laboral.

Preguntas frecuentes

¿Qué debe hacer la empresa si llega un inspector sin aviso?

Permitir el ingreso, identificar al inspector y la orden, designar a un interlocutor y comunicarse de inmediato con su asesor. Negarse o impedir la inspección constituye una infracción a la labor inspectiva, independiente de las materias investigadas.

¿Conviene subsanar antes de que se emita el acta de infracción?

En muchos casos sí. Si la empresa subsana antes del acta, la propuesta de multa se reduce en 90% respecto de las infracciones efectivamente subsanadas, aunque ese beneficio se pierde si luego se impugna. La decisión debe evaluarse caso por caso.

¿Cuánto puede llegar a ser una multa de SUNAFIL?

Depende de la gravedad, el número de trabajadores afectados y el tipo de empresa, según la tabla del reglamento expresada en UIT. La ley fija topes por infracción y por el total de infracciones detectadas. La UIT de 2026 es S/ 5,500.

¿Pueden garantizar que no habrá multa?

No. Ningún asesor puede garantizar el resultado de una fiscalización. Lo que hacemos es reducir la exposición con una respuesta ordenada, subsanación oportuna cuando conviene y una defensa técnica cuando existen argumentos.